Un principio que está relacionado con la defensa del medio ambiente y con la promoción del mundo rural y de la agricultura, es el que se podría llamar de la calidad». En tal sentido el mismo se propone la no degradación de las aguas, los suelos, el aire, la flora y fauna silvestre, el paisaje, es decir los recursos naturales, pero a la par se busca la calidad de los alimentos y de la vida en general. Una mejor calidad de vida es la aspiración que debe tener todo hombre por el solo hecho de ser tal. Así es que la calidad se presenta en una doble vertiente que es necesario promover, fomentar, resguardar, defender, mejorar, preservar y conservar.
Los dos rostros visibles de la calidad y que la política debe prever y la legislación implementar, tanto la de orden comunitario como internacional, regional, nacional y provincial son la calidad agroalimentaria y la agroambiental. En tal sentido importantes pasos ha dado sobre todo el derecho comunitario europeo. Por ello es que se comparte la posición que entiende que «la política agrícola debe ser reformulada en términos de una política de la calidad, en doble sentido: para conjugar la consecución de objetivos productivos con la salvaguardia del ambiente y para valorizar las diferencias cualitativas de los productos desde el punto de vista de las características intrínsecas o de la proveniencia o de la especificidad de los procesos de producción y trabajo en la cadena agroalimentaria», si se quiere el logro del desarrollo sostenible. Interesa la calidad agroalimentaria, en cuanto su carencia, traducida en defectos de los frutos y productos agroalimenticios pueden ocasionar daños a los consumidores con la consiguiente responsabilidad por parte de los empresarios agroalimentarios o demás sujetos intervinientes en la cadena de. Así es que se habla de una evolución «plus cualitativas de la política agrícola comunitaria europea.
En 1985, la Comisión de la CE dictó dos documentos muy significativos, el titulado, «Perspectivas de la PAC Libro Verde y el denominado. Un porvenir para la agricultura europea, orientaciones de la Comisión, para responder a las consultas originadas a continuación de lo propuesto en el Libro Verde. En ambos documentos se dan los primeros pasos hacía una política de calidad de los productos alimenticios. En el primero de ellos, la Comisión destaca la importancia del gusto, cada día más sensible, de los consumidores hacía «las características naturales de los productos alimenticios y de sus cualidades dietéticas. Y también se hacía eco de implantar, en la Comunidad, una agricultura biológica, demandada ya por ciertos consumidores que los agricultores de la CE deberían satisfacer antes que terceros países. Por ello la Comisión se comprometía a establecer un cuadro de legislación idóneo, no sólo con relación a la agricultura biológica, sino también en todas las producciones, a fin de que la determinación y definición de «labels» (certificados de calidad y especificidad) pudiera ser medio de responder, tanto a las necesidades de los consumidores, cuanto de los productores.
En el segundo de los documentos citados, es interesante destacar que ya se establecieron algunos «criterios de calidad» a efectos de una orientación más racional de las producciones, ellos fueron: hacer coincidir la producción con las necesidades expresadas por los consumidores; el hecho de que la calidad implica rendimientos unitarios reducidos, limitará los excedentes; era preciso modular los precios de intervención, según calidades; en una política exportadora, hay que tener en cuenta la calidad.
Como se observa, hasta 1985, todavía en la CE se pensaba en una calidad muy genérica, y como un posible medio de detener la proliferación de excedentes. Estas ideas fueron vueltas a verter y ampliar en el Documento “El Futuro del Mundo Rural, porque «el mantenimiento y el fomento de productos de alta calidad podrían ser bazas importantes, sobre todo en las zonas desfavorecidas o alejadas…» y confirmaba que «la demanda de los consumidores a favor de los productos alimentarios artesanales y regionales aumenta de una manera regular…» Y después de hacer referencia a las prácticas nacionales, con relación a denominaciones de origen y similares, existentes en los Estados miembros comunitarios, la Comisión prometía a corto plazo, presentar las proposiciones de reglamentos adecuados para establecer una normativa común, a fin de unificar las prácticas nacionales heterogéneas ya que «la calidad no debe dar lugar a prácticas que podrían poner en tela de juicio la eliminación de barreras y legislaciones nacionales incompatibles con la consecución del mercado interior de 1992». Este último documento hace una referencia extensa a la cuestión, contemplándose la calidad como forma de proteger las producciones agrícolas comunitarias, y con ello se trataría de equilibrar oferta y demanda y adaptar la producción a las exigencias del momento, ahorrando ayudas directas o precios más elevados (actualmente solo ayudas), a pagar por el FEOGA.
